SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2018-S2

Fecha: 28-May-2018

II.3.

II.3.    Mediante Nota G.A.M.C./D.RR.HH. 01154/2017 de 20 de junio, VIA: Directora de RR.HH. del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, -hoy demandado- comunicó a la hoy accionante que el contrato de Consultoría en Línea 794/2014, suscrito entre su persona y la referida entidad municipal tiene vigencia “del 01/03/2017 al 30/06/2017”, y que de acuerdo a la Cláusula Quinta del mismo, ésta no goza de beneficios sociales más allá del pago previsto en la Cláusula Décima, en ese sentido las solicitudes de pago de los subsidios de prenatalidad y lactancia no son procedentes (fs. 8 a 9).