SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2018-S2

Fecha: 28-May-2018

III.2.

           La accionante alega la vulneración de sus derechos al trabajo y a la inamovilidad laboral, aduciendo que el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, pese a conocer su calidad de madre progenitora la desvinculó de su fuente laboral sin considerar que en razón a su situación goza de la misma.

           Del análisis de los antecedentes y de acuerdo a los datos contenidos en las conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional se tiene que, la accionante suscribió varios contratos de consultoría en línea con la entidad mencionada, siendo el penúltimo contrato suscrito el 794/2017 con vigencia del 01/03/2017 al 30/06/2017, a través del cual prestó sus servicios en los Centros de Estimulación Temprana Pre - Escolar dependiente de esa entidad municipal; previo a la conclusión del referido contrato la demandante de tutela, a través de carta de 16 de junio de 2017, hizo conocer a la Directora de RR.HH. de la entidad pública demandada, que se encontraba en estado de gestación; de igual manera a través de dos misivas de igual fecha, dirigidas a la misma funcionaria, solicitó el pago de los subsidios de lactancia que conforme a ley le corresponderían respecto a su quinto y sexto mes de embarazo; en ese sentido mediante Nota G.A.M.C./D.RR.HH. 01154/2017, la Directora de RR.HH., comunicó a la hoy accionante que, de conformidad a la Cláusula Quinta del referido contrato, la Consultora de Línea, no puede exigir el pago de beneficios sociales, subsidios, indemnizaciones, aguinaldos, vacaciones u otras compensaciones; por lo que, no corresponde el pago solicitado. De igual manera, mediante Nota RR.HH./794/2017, la referida Directora comunicó, que de conformidad a la Cláusula Octava del Contrato 794/2017, este concluía el 30 de junio de ese año.