Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2018-S2
Fecha: 28-May-2018
1)
La parte accionante reiteró íntegramente los términos expuestos en su memorial y complementándolos, señaló: 1) Fue aprehendido y depositado en celdas judiciales de horas 07:00 a 10:40. Posteriormente, se le tomó la declaración informativa en calidad de testigo; pero nunca acudió ante él la autoridad fiscal; y, 2) La acción de libertad tiene carácter reparador, pues si bien ahora se encuentra en libertad, estuvo arrestado por cuatro horas en celdas policiales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad innovativa
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad exige que el juez de instrucción penal ejerza el control jurisdiccional
- se deben impugnar las supuestas lesiones a derechos y garantías, en las que puedan incurrir los órganos encargados de la persecución penal, ante el juez de instrucción penal
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
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