SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2018-S3

Fecha: 01-Jun-2018

por no aplicar la interpretación que consideró debió efectuarse

Asimismo, deberá precisar los derechos o garantías constitucionales que fueron lesionados por el intérprete con dicha interpretación, y finalmente establecer el nexo de causalidad entre la ausencia de motivación, arbitrariedad u otra situación absurda, por no aplicar la interpretación que consideró debió efectuarse, y los derechos y/o garantías que conforman el bloque de constitucionalidad, y que fueron lesionados con dicha interpretación.

En ese contexto, revisados los antecedentes del caso, se establece que la parte accionante efectuó una fundamentación comprensiva de los hechos que dieron lugar a la interposición de la presente acción de amparo constitucional, referidos a una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, relacionado con el derecho al debido proceso supuestamente vulnerado, cumpliendo con los presupuestos constitucionales desarrollados precedentemente, para que de manera excepcional la justicia constitucional ingrese a analizar la labor interpretativa respecto a la legalidad ordinaria infra constitucional cuestionada en la presente causa; consecuentemente, corresponde analizar si los hechos alegados por la accionante son evidentes, a objeto de otorgar la tutela demandada.