Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2018-S2
Fecha: 12-Jun-2018
II.6.
II.6. Por decreto de 15 de enero de 2018, el Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Bermejo, exhortó al Fiscal Departamental en atención a los arts. 300 y 301 del CPP, para que por su intermedio se conmine al Fiscal de Materia a cargo de la causa y en el plazo de cinco días presente requerimiento conclusivo (fs. 43 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad exige que el juez de instrucción penal ejerza el control jurisdiccional
- se deben impugnar las supuestas lesiones a derechos y garantías, en las que puedan incurrir los órganos encargados de la persecución penal, ante el juez de instrucción penal
- Fragmento 14
- i)
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- MAGISTRADO