Sentencia Constitucional Plurinacional 0248/2018-S1 de 11 de junio
Fecha: 11-Jun-2018
Fragmento 10
Por otra parte, de obrados se advierte que el ahora impetrante de tutela, con anterioridad interpuso una acción de amparo constitucional contra las Magistradas de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, donde el Juez Público Mixto Civil y Comercial y de Familia Segundo de Guayaramerín del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías pronunció el “AUTO DE ADMISIÓN ACCIONES DE DEFENSA Nº 01/17” (sic) de 18 de septiembre de 2017, que dispuso “…como medida cautelar provisional, dejar en suspenso la ejecución del mandamiento de condena y todo acto de ejecución de sentencia condenatoria penal…” (sic); determinación que fue puesta a conocimiento del Juez de la causa, mediante memorial de 20 del citado mes y año, presentado por el hoy accionante.
- CONFIRMAR
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- Fragmento 3
- II.2. Sobre las facultades de la Policía Boliviana para limitar el derecho a la libertad
- b) En cumplimiento de mandamiento de aprehensión librado por juez o tribunal competente
- II.3. Lo resuelto por la SCP 0831/2018-S1 de 12 de diciembre
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8
- el reclamo del impetrante de tutela se dirige a cuestionar la ejecución
- Fragmento 10
- “AUTO DEFINITIVO ACCIONES DE DEFENSA N° 01/17”
- sin efecto el decreto de 21 de septiembre de 2017, por lo que se restituye la vigencia del mandamiento de condena en contra del imputado LORGIO SAUCEDO JIMENEZ