Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2018-S4
Fecha: 11-Jun-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante sostiene que se vulneró sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa; toda vez que, la Fiscal de Materia ahora demandada, emitió resoluciones y órdenes de aprehensión ilegales en su contra, sin ningún sustento legal y fáctico, al no proceder la misma en el marco de lo dispuesto por los arts. 224 y 226 del CPP; puesto que se ordenó su aprehensión sin haber sido notificado de manera personal en su domicilio real, por lo que se encuentra indebidamente privado de su libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente, circunstancia en la que excepcionalmente, el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional’”
- III.2.
- CONFIRMAR