Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2018-S3
Fecha: 18-Jun-2018
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por Auto Constitucional (AC) 031/2018-CA/S de 16 de abril, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, dispuso la acumulación del expediente 22031-2017-45-AL al 22018-2017-45-AL, además de la suspensión del plazo procesal para dictar resolución, mismo que se reanudó a partir de su notificación realizada el 18 de mayo de 2018; por lo que la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, es pronunciada dentro de plazo.
- acciones de libertad
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.3. Petitorio
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- bajo el primer cauce configurativo de este presupuesto de activación de la acción de libertad, se establece que la persecución ilegal o indebida, debe ser entendida como toda acción ilegal cometida por un funcionario público o un particular, conducta que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física, la vida o algún otro derecho estrictamente vinculado a éstos dos últimos
- todo acto denunciado como lesivo a los derechos a la libertad física o a la vida, referentes a órdenes de detención, captura o aprehensión, que en criterio del accionante, no cumpla con los presupuestos procesales establecidos para su legal emisión y estén destinados a suprimir, restringir o limitar el derecho a la libertad física o incluso a la vida,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- 1º REVOCAR en parte
- 2º REVOCAR en parte