Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2018-CA
Fecha: 11-Jul-2018
Fragmento 5
Asimismo, el art. 73.2 del CPCo, prevé que: “Las Acciones de Inconstitucionalidad podrán ser: (…) 2. Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas nos pertenecen).
- rechazó
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral aprobará el Presupuesto necesario
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- b) Rechazo de la Iniciativa Ciudadana.-
- Fragmento 8
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR