Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018
Fecha: 25-Jul-2018
1º
1º Respecto al art. 41.II del proyecto de COM, habiendo sido declarado compatible en la DCP 0047/2015 de 26 de febrero, se ordena al estatuyente sujetarse a dicha Declaración Constitucional Plurinacional, y en lo restante, deberá estar a lo dispuesto en las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0096/2017 de 15 de noviembre, 0148/2016 de 1 de diciembre y 0217/2015 de 16 de diciembre;
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.1. Sobre la adecuación de disposiciones que fueron declaradas incompatibles con la Constitución Política del Estado y las improcedencias dispuestas
- las disposiciones declaradas compatibles
- III.2. Sobre la jurisprudencia constitucional con relación a las improcedencias en el control previo de constitucionalidad
- no corresponde la revisión ni consideración de cualquier modificación, adición o supresión de una o varias disposiciones
- III.3. Sobre el art. 41.II del proyecto de COM del Gobierno Autónomo Municipal de Camargo, presentado para nuevo control previo de constitucionalidad
- 1º
- 2°
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