Sentencia Constitucional Plurinacional 0302/2018-S1 de 9 de julio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0302/2018-S1 de 9 de julio

Fecha: 09-Jul-2018

Fragmento 8

De una interpretación de las normas del Código Procesal Constitucional, se puede establecer que, cualesquiera de las partes que intervienen en un proceso judicial o administrativo, puede solicitar por escrito al juez o autoridad administrativa se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta señalando la disposición legal que cree es inconstitucional; el Juez en conocimiento del memorial en el plazo de veinticuatro horas debe correr en traslado a la parte contraria, para que ésta en el lapso de tres días la conteste formulando su respectivo alegato pidiendo se la rechace o admitiendo la misma; vencido el plazo anterior, el Juez debe dictar el Auto motivado en dos formas, uno aceptando promover la acción de inconstitucionalidad concreta; y dos, rechazando la solicitud planteada.