SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2018-S2
Fecha: 09-Jul-2018
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 16/2018 de 18 de enero, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Primera de la Capital del departamento de La Paz, cursante de fs. 38 a 40 vta.; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada, en los mismos términos que la Jueza de garantías, disponiendo a favor de la accionante la restitución del acceso al local comercial sexto en el edificio “Galería Comercial Los Andes” ubicado en la avenida José María Asín 788 y la devolución de las dos vitrinas y sus mercancías sustraídas al lugar donde se encontraban al momento de su sustracción.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del amparo constitucional y las medidas de hecho en arrendamientos que tienen como objeto actividades laborales
- determina inobjetablemente que una persona aún a efectos de hacer valer su derecho a la propiedad, no tiene potestad alguna para recuperar por mano propia y mediante actos de hecho su bien
- tutela se hace viable como protección inmediata no obstante la existencia de medios legales al alcance
- medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares, entendidas éstas como los actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda
- Fragmento 12
- al ser las vías de hecho actos ilegales graves que necesitan una tutela pronta y oportuna,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR