SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2018-S2
Fecha: 18-Jul-2018
II.1.
II.1. Cursa Testimonio 416/2003 de 9 de mayo, de Escritura Pública de Transferencia de Acciones y Derechos de un Bien Inmueble que confiere Antonio Saavedra Laura en favor de Lourdes Janeth Vásquez Ramos -ahora accionante-, ubicado “en el pasaje Litoral, ahora denominado La Tablada No 571 de la avenida Tumusla, actualmente Zona 14 de septiembre de esta ciudad registrado en las oficinas de Derechos Reales, bajo la Partida 1022, fojas 1022, del libro 1° ʽg´ de 1984 del sistema computarizado No 01212115, inscrito en fecha 2 de julio de 1993, con una superficie de terreno de 10 Mts.2.- (DIEZ METROS CUADRADOS), construcción que consta de una caseta; dicha acción y derecho corresponde al No. 175 del pasaje Litoral, ahora denominación la Tablada, actualmente, Zona 14 de septiembre de esta ciudad de La Paz” (sic) [fs.3 a 4 vta.].
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 9
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- i)
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- III.5.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 23
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas