SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2018-S2
Fecha: 18-Jul-2018
Ley General del Trabajo
De las razones que sostiene la Resolución de reincorporación, esta Sala evidencia que es pertinente su cumplimiento, en razón de que el trabajador -accionante- se encuentra protegido por la Ley General del Trabajo, conforme a la revisión del último contrato de trabajo 0008/17 que en su cláusula séptima referente a la normativa legal, señala que: “Tanto LA CAJA como el CONTRATADO (A) se sujetaran a disposiciones vigentes establecidas en Ley General del Trabajo, Código de Seguridad Social, Ley 1178 (Ley del Sistema de Administración y Control Gubernamental), Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 23318-A y Decreto Supremo N° 26237, Estatuto Orgánico de la Caja Nacional de Salud, Reglamento Interno de Trabajo de la Caja Nacional de Salud y demás normativa institucional” (sic) es decir, de acuerdo al Fundamento Jurídico III.1 ya señalado, es viable el cumplimiento de la referida conminatoria, considerando que expresamente el vínculo laboral se encuentra regulado por la Ley General del Trabajo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Contextualización de línea de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria
- corresponde
- Ley General del Trabajo
- sin perjuicio de las normas legales que regulan las relaciones de orden laboral
- 2° CONCEDER