Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2018-S2
Fecha: 18-Jul-2018
II.2.
II.2. El ahora accionante interpuso recurso de apelación incidental contra el referido Auto Definitivo 02-17; instancia en la cual, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 40 de 4 de mayo de 2017, declaró admisible y procedente el recurso y revocó el Auto apelado; y en consecuencia probada la excepción de la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, ordenando el archivo de obrados, con el que se notificó al hoy impetrante de tutela el 12 de junio del mismo año (fs. 180 y vta.; 212 a 214 vta.; y, 216).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- consecuentemente solo se deben descontar las vacaciones judiciales”
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR