SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2018-S3
Fecha: 17-Jul-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Sexto de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 12/2018 de 2 de marzo, cursante de fs. 47 a 48 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) El imputado -hoy accionante- presentó una acción de libertad contra los Vocales de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitiéndose en consecuencia la Resolución 001/2018, que concedió la tutela, disponiendo la anulación parcial del Auto de Vista 212/2017, ordenando que la parte resolutiva de dicho Auto de Vista establezca “‘…manteniéndose firma y subsistente en todo lo demás; en consecuencia, se deberá pronunciar un nuevo fallo, por la Sala Penal que corresponda ante el término de la vacación judicial, en base a los datos acreditados por el antes nombrado y al contenido de la presente resolución constitucional’” (sic); 2) Al momento de escuchar la fundamentación del peticionante de tutela, se consultó si había realizado alguna queja al Tribunal de garantías que conoció la primera acción de libertad y este manifestó que no, por lo que no pueden hacer cumplir resoluciones emitidas por tribunales de garantías; 3) Conforme el art. 16 del Código Procesal Constitucional (CPCo), la demora o incumplimiento del fallo emitido por un juez o tribunal de garantías, debe ser denunciada ante la autoridad que pronunció la resolución, no siendo esta vía la idónea, de acuerdo a la SCP 0317/2015-S2 de 20 de marzo, para pedir el cumplimiento de la misma; y, 4) La SC 1061/2010-R de 23 de agosto, indica que por la naturaleza y los derechos que protege la acción de libertad, en casos de desobediencia no corresponde deducir una nueva, sino recurrir a la vía penal, por cuanto la situación implica la comisión del delito de desobediencia a resoluciones en procesos constitucionales, sin perjuicio de acudir previamente al juez o tribunal de garantías o incluso al Tribunal Constitucional Plurinacional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Sobre el incumplimiento a resoluciones pronunciadas en acciones tutelares
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR