Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2018-S3
Fecha: 17-Jul-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su representante, a tiempo de ratificar in extenso la acción de libertad interpuesta, amplió la misma precisando que: Los Vocales demandados no se pronunciaron respecto al art. 234.1 del CPP, referido al elemento trabajo o actividad lícita, a pesar que el Tribunal de alzada debe circunscribir su fallo a los aspectos cuestionados; siendo evidente el agravio causado en el Auto Interlocutorio de Consideración de Medidas Cautelares 537/2017 de 12 de octubre -que dispuso su detención preventiva-, puesto que es abogado, además los jueves, sábados y domingos ayuda a su mamá en la venta de comida, demostrándose que tenía actividad lícita.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Sobre el incumplimiento a resoluciones pronunciadas en acciones tutelares
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR