Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0380/2018-S2
Fecha: 24-Jul-2018
Fragmento 10
El debido proceso se encuentra previsto en el art. 115.II de la CPE que señala: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones” postulado que se complementa con el contenido del art. 117.I constitucional que establece: “Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso…”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. El derecho al debido proceso
- Fragmento 12
- 2)
- debe ser proporcional
- 4)
- favorabilidad
- III.3. Sobre el principio de proporcionalidad
- III.4. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- MAGISTRADO