SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0380/2018-S2
Fecha: 24-Jul-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia que la autoridad demandada vulneró su derecho al debido proceso en sus vertientes de predictibilidad, legalidad y aplicación objetiva de la ley vinculado al principio de la seguridad jurídica, y como consecuencia, el derecho al trabajo, toda vez que la clausura efectuada por el SIN, como una medida directa de ejecución, ante el no pago de los adeudos tributarios, no resulta ser una medida idónea ni acorde al procedimiento, establecido por el art. 110 numeral 6 de la Ley 2492 (CTB), por cuanto se ha procedido a realizar un procedimiento de ejecución fuera del marco normativo, vulnerándose de manera directa el derecho al trabajo, así como los derechos colectivos a la educación, en razón a que el objeto del Colegio es eminentemente educativo, destinado a ofrecer servicios en el área pre escolar, primaria y secundaria, por lo que la clausura efectuada puede causar un daño irreparable e irremediable, puesto que de mantenerse la medida se imposibilitaría la inscripción del alumnado, a través de la aplicación de una medida coactiva que no cumplió con la norma citada precedentemente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. El derecho al debido proceso
- Fragmento 12
- 2)
- debe ser proporcional
- 4)
- favorabilidad
- III.3. Sobre el principio de proporcionalidad
- III.4. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- MAGISTRADO