DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2018

Fecha: 03-Ago-2018

DISPOSICIÓN SUPRIMIDA

Ahora bien, cabe citar lo dispuesto por el art. 116 del CPCo, que señala que, el objeto del control previo de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas, es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional, en ese entendido, considerando que el numeral 4 del art. 133 del proyecto de COM de El Choro, fue eliminado, este Tribunal se ve impedido de realizar control previo alguno.