SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2018-S2

Fecha: 01-Ago-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señala que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de feminicidio, guarda detención preventiva en la Penitenciaria San Pedro de Chonchocoro por más de un año, y con el fin de afianzar los riesgos procesales de fuga y de obstaculización que determinaron su detención preventiva, solicitó al Director de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC) de El Alto, la otorgación de garantías por parte de su persona a favor de Ramiro Franco Mamani, la misma fue programada para el 26 de febrero del 2018 a horas 10:00. Ante lo descrito, y siendo que su proceso se encuentra radicado en el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz, pidió salida judicial ante las mismas, lo cual en un inicio se le negó.

Sin embargo, mediante memorial de 22 de febrero del citado año, interpuso recurso de reposición ante la negativa por parte de las autoridades judiciales, la cual procedió, obteniendo el respectivo oficio de salida. El 23 de febrero, cuando su hermano que viene colaborándole en la tramitación de su proceso penal, trato de entregar el oficio de conducción a los funcionarios policiales de la Penitenciaria San Pedro de Chonchocoro, los mismos se negaron a la “recepción”, ante el argumento de que el Director del recinto penitenciario “no se encontraba en las instalaciones”, acto que conlleva a la vulneración de su derecho a la libertad “vinculada con su salida”, que tenía como finalidad la otorgación de garantías en favor de la presunta víctima quién le sigue el proceso penal. Añade que, al no permitirle salir para la otorgación de garantías, su derecho a la libertad se encuentra en riesgo.