SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2018-S2

Fecha: 03-Ago-2018

Fragmento 30

En el presente caso, el accionante alega que dentro del proceso penal seguido en su contra, desde que se dispuso su detención preventiva, su situación jurídica mejoró, quedando a la fecha por desvirtuar solo dos riesgos procesales, siendo uno de ellos, el contenido en el numeral 10 del art. 234 del CPP -peligro efectivo para la sociedad o para la víctima o el denunciante- , y por ello, solicitó audiencia para el ofrecimiento de garantías constitucionales a favor de la víctima, al constituirse en una condicionante para que pueda solicitar la cesación de la referida medida cautelar que le fue impuesta; por cuanto, el art. 239.1 del citado Código, establece que la detención preventiva, cesará cuando nuevos elementos de juicio demuestren que no concurren los motivos que la fundaron o tornen conveniente que sea sustituida por otra medida; en consecuencia, la solicitud referida en el presente caso, hace parte de la tramitación de la solicitud de cesación de la detención preventiva y la falta de atención a su pedido; rechazo que dificulta que pueda solicitar la referida cesación; lo cual se encuentra dentro del ámbito de protección de la acción de libertad traslativa o pronto despacho.