SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2018-S4
Fecha: 13-Ago-2018
Fragmento 12
Por otra parte, la citada SCP 0177/2012, refiriéndose a la excepción del carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional, en mérito a la necesidad de protección inmediata que requieren algunos derechos constitucionales, desarrolló el siguiente entendimiento: “Como se puntualizó precedentemente la acción de amparo constitucional por su naturaleza, está revestida de los principios de subsidiariedad e inmediatez, cuyo cumplimiento son requisitos insoslayables para su viabilidad; empero, el extinto Tribunal Constitucional en su frondosa jurisprudencia ha establecido excepciones a esta regla, determinando que en algunos casos puede prescindirse de este principio, dada la naturaleza de los derechos invocados, a la naturaleza de la cuestión planteada y la necesidad de una protección inmediata.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1. El principio de la estabilidad laboral y los mecanismos de protección inmediata
- .
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR