Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2018-S4
Fecha: 15-Ago-2018
denegó
El Juez de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 04/2018 de 6 de abril, cursante de fs. 56 vta. a 59 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Cualquier cuestionamiento u observación dentro de la acción tutelar tramitada ante el Juez ahora demandado, en su condición de Juez de garantías, debió ser impugnado ante la misma autoridad y no a través de otra acción de defensa; y, b) Conforme lo señalado por la SC 0473/2003-R de 9 de abril, la decisión asumida dentro de una acción tutelar es inimpugnable a través de otra acción constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra
- cabe recordar que el debido proceso, es también aplicable al ámbito de la justicia constitucional, la cual no está exenta de cumplir el procedimiento constitucional y legal establecido
- los jueces y tribunales, en este caso, de Hábeas Corpus deben rechazar in límine y no admitir los Recursos de Hábeas Corpus
- III.3. Análisis del caso concreto
- remisión, para revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinaciona
- III.4.
- CONFIRMAR