Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2018-S4
Fecha: 15-Ago-2018
i)
Misael Severiche Saravia, Juez de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz; presentó informe escrito, el 6 de abril de 2018, cursante a fs. 30 y vta., en el cual, manifestó que: i) Teniendo la acción de libertad interpuesta ante su juzgado, identidad parcial de objeto y causa, con una acción tramitada ante su similar Primero que fue resuelta el 2 de abril de 2018, es que, se emitió el rechazo de la misma; y, ii) La Resolución que se pronunció está amparada en las SSCC 0002/2010-R, 0101/2010-R, 0229/2010-R; y, la SCP 0170/2015-S3 de 6 de marzo, sin ingresar al análisis de fondo de la referida acción tutelar, por tratarse de cosa juzgada constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- tampoco es posible cuestionar el procedimiento aplicado en el desarrollo de una acción tutelar a través de otra
- cabe recordar que el debido proceso, es también aplicable al ámbito de la justicia constitucional, la cual no está exenta de cumplir el procedimiento constitucional y legal establecido
- los jueces y tribunales, en este caso, de Hábeas Corpus deben rechazar in límine y no admitir los Recursos de Hábeas Corpus
- III.3. Análisis del caso concreto
- remisión, para revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinaciona
- III.4.
- CONFIRMAR