SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2018-S1

Fecha: 29-Ago-2018

1)

La parte accionante, en audiencia ratificó el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo manifestó que: 1) Sustenta su acción, en los Convenios 103 y 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificados por nuestro país, que establecen que en un proceso de cualquier naturaleza, la interpretación siempre se debe realizar a favor del trabajador; con base a ello, respecto a la subsidiariedad e inmediatez referidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, cursa en el expediente el Auto Constitucional 0119/2018-RCA mediante el cual la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, estableció que la presente acción de defensa cumple con ambos requisitos, por lo que el argumento de que no se agotó la vía administrativa, quedó desvirtuado; 2) En acciones constitucionales en las que actúan trabajadoras en estado de gestación, no solo se tutela la estabilidad laboral, sino también el derecho del niño por nacer; 3) La empresa demandada, contrató sus servicios para ser desarrollados en Caranavi del departamento de La Paz; la relación laboral duró un año y un mes, toda vez que con engaños le hicieron firmar un documento que correspondía al pago de su salario y a un porcentaje de subsidio, mismo que aceptó sin reclamar, pues para la referida empresa, resultaba más fácil despedirle que otorgarle un seguro de salud, con el que dicho sea de paso, no contaba, pues si su retiro hubiera sido voluntario, no estaría reclamando su reincorporación laboral para continuar trabajando y poder solventar los gastos de su embarazo; y, 4) Finalmente solicitó se pondere la situación en la que se encuentran ambas partes, por un lado ella es “una mujer del campo”, sin formación académica y no cuenta con recursos económicos, por lo que impetra se le permita seguir trabajando.