Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2018-S1
Fecha: 29-Ago-2018
I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
Por Auto Constitucional 0119/2018-RCA de 6 de marzo, cursante de fs. 30 a 36, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, con la facultad conferida por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), resolvió revocar la Resolución 030/2018; y en consecuencia, dispuso se admita la presente acción tutelar de defensa y previos los trámites de rigor, señale audiencia pública de consideración e ingresando al fondo, se determine lo que corresponda en derecho, concediendo o denegando la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Improcedencia de la reincorporación laboral cuando el trabajador o la trabajadora opta por el cobro de finiquito
- III.2. Los actos consentidos como presupuesto para la denegatoria de la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo