Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
De fs. 18 a 19 vta. de antecedentes, se observa la existencia de un memorial dirigido al “SEÑOR JUEZ DE EJECUCION PENAL CONSTITUIDO EN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE ACCION DE LIBERTAD” de 16 de mayo de 2018, bajo la suma de “EMITE INFORME”; no obstante, el mismo no se encuentra firmado por la supuesta autoridad judicial que procedió con su emisión; razón más que suficiente para concluir que el demandado no presentó su informe escrito a objeto de desvirtuar los hechos alegados por el accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Concepción, validez, jerarquía normativa, obligatoriedad y transversalidad de los principios constitucionales, y el principio de celeridad como expresión de la justicia pronta y oportuna
- III.3. Análisis del caso concreto
- el expediente recién fue remitido y recibido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, el 16 de mayo de 2018 a horas 15:44.
- CONFIRMAR