SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0543/2018-S3
Fecha: 27-Ago-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, estabilidad e inamovilidad laboral, al debido proceso en sus componentes de juicio previo, presunción de inocencia y a la defensa, puesto que a través de Memorándum CM-DIR.NAL. RR.HH.- J-045/2017 de 9 de mayo, fue agradecido en sus funciones como Juez de Partido de Sustancias Controladas Liquidador y de Sentencia Quinto del departamento de Cochabamba, arguyendo la transitoriedad de su cargo y sin previo proceso, las exautoridades demandadas dispusieron su destitución mediante Acuerdo 073/2017 de 5 de mayo y confirmaron la misma a través de la Resolución RR/SP 062/2017 de 22 de mismo mes, sin respetar la carrera judicial en franco incumplimiento de la Ley de Comisión de Seguimiento de las Conclusiones de la Cumbre de Justicia, ya que en el ejercicio de sus funciones como Juez nunca fue evaluado; siendo su despido un acto ilegal e indebido que violó de manera grosera el art. 23 de la LOJ, puesto que no fue cesado bajo ninguna causal prevista en dicho artículo.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- tampoco corresponde la revisión de sus (…) archivos de manera personal o individual con carácter previo a cualquier convocatoria pública
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- forma parte del subsistema de evaluación y permanencia
- todos los vocales se encuentran en funciones de manera transitoria
- En consecuencia
- su permanencia en
- El Consejo de la Magistratura tiene la facultad constitucional y legal de emitir Convocatorias públicas para todos los cargos de Vocales, jueces y servidores jurisdiccionales y administrativos, actuales y de nueva creación, acéfalos o no
- tampoco corresponde la revisión de sus carpetas o archivos de manera personal o individual con carácter previo a cualquier convocatoria pública
- III.3. Análisis del caso concreto
- acéfalos o no
- Transitoriedad de los cargos del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional
- de designar a dichas autoridades y personal de forma provisional,
- CONFIRMAR