SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2018-S3

Fecha: 13-Ago-2018

II.4.

II.4.    Consta Acta Notarial de 2 de marzo de 2018, por el que la Notaria de Fe Pública de Primera Clase 1, Bertha Susana Romay Romero, certificó que se constituyó en el Hospital Obrero 6 Dr. “Jaime Mendoza” a objeto de verificar el marcado biométrico de ingreso a la fuente laboral del impetrante de tutela; indicó que Jhonny Andrade, Encargado de Personal en presencia de Jorge Marañón, Director ambos del referido Hospital, por instrucciones de Ana María Arciniega, “Jefa Regional de Personal” del mencionado nosocomio, desde el 2 de marzo del prenombrado año, el solicitante de tutela no debía marcar el ingreso, señaló que desconoce los motivos y sólo cumple órdenes debiendo ser efectuado cualquier reclamo en oficinas de la mencionada servidora pública; acto seguido, se apersonaron a la oficina de Tereza Montoya Hurtado, Jefe de Estadística del citado Hospital, a objeto de hacer entrega del “Informe Mensual de Estadística de Laboratorio” correspondiente al mes de febrero, recepcionado correctamente con el sello correspondiente consignándose la hora de presentación (fs. 5).