SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2018-S3

Fecha: 13-Ago-2018

se puede abstraer su observancia, dada la naturaleza de los derechos invocados y la naturaleza de la problemática planteada, ante la protección de la mujer gestante y del padre progenitor hasta el año de nacido el hijo

Con carácter previo a analizar la problemática jurídica traída a colación, debe considerarse que la presente acción tutelar fue planteada de manera directa por el accionante invocando abstracción al principio de subsidiariedad ante su condición de padre progenitor de una hija menor de un año; al respecto, cabe precisar que si bien la acción de amparo constitucional, se encuentra revestida por los principios de subsidiariedad e inmediatez cuyo cumplimiento es ineludible para su consideración, este Tribunal ha establecido que se puede abstraer su observancia, dada la naturaleza de los derechos invocados y la naturaleza de la problemática planteada, ante la protección de la mujer gestante y del padre progenitor hasta el año de nacido el hijo, precisando que en estos casos, no es exigible agotar los medios de defensa, por cuanto no solamente se encuentra involucrado el derecho al trabajo, sino otros derechos primarios del solicitante de tutela y del ser en gestación o ya nacido, siendo la vida, salud y seguridad social, cuya tutela no puede supeditarse a otros recursos o vías administrativas, advirtiéndose que no existen óbices legales para ingresar al análisis de la problemática en aplicación del Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que autoriza brindar protección pronta y oportuna, encontrándose el accionante plenamente habilitado para activar la vía constitucional.