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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2018-S3

    Fecha: 27-Ago-2018

    I.2

    El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido íntegro de su acción tutelar y ampliándola manifestó que: El acta de cesación de la detención preventiva se constituye en un requisito determinante para efectuar el trámite de arraigo ante la Dirección Departamental de Migración de Cochabamba y la inexistencia del acta nombrado, transgredió su derecho a la libertad.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • toda autoridad jurisdiccional que conozca una solicitud de un detenido o privado de libertad, debe tramitar la misma, con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados, y en un plazo razonable, si no está establecido por ley
    • se deba a la falta de notificación o a la inasistencia del propio imputado, no existe dilación indebida ni afectación a derecho alguno, en cuyo caso deberá fijarse nueva fecha de audiencia conforme a las directrices expuestas
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 12
    • REVOCAR

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