SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2018-S3

Fecha: 29-Ago-2018

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado ratificó el contenido de la acción de libertad, manifestando que habiendo sido fijada la audiencia de consideración de la cesación de la detención preventiva, las autoridades jurisdiccionales están en la obligación de cumplir los plazos, existiendo en el presente caso dilación de nueve días para la celebración de la audiencia, la suspensión de esta y el hecho de no haber cubierto los gastos de las fotocopias legalizadas no es motivo para suspender dicho actuado, por el principio de gratuidad.