AUTO CONSTITUCIONAL 0295/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0295/2018-CA

Fecha: 21-Sep-2018

Fragmento 1

En consulta el Auto 277/2018 de 30 de agosto, cursante de fs. 54 a 62 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por el que se promueve la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Benigno Gonzales Orellana, Nicolás Rodríguez Alaca, Salome y Martha, ambas de apellidos Alaca Rodríguez, Flora Rodríguez Alaca de Gonzales, Pablo, Lorenzo e Ignacio, ambos de apellidos Polo Rodríguez; David Amaya Nina, José Luis Gonzales Rodríguez, Raúl Rodríguez Chambi, Gregorio Nina Polo, Samuel Rodríguez, Senobia Rodríguez Amaya, y Juan Carlos Amaya Alaca; demandando la inconstitucionalidad del art. 10.II inc. a) de la Ley de Deslinde Jurisdiccional (LDJ) -Ley 073 de 29 de diciembre de 2010- por ser presuntamente contrario a los arts. 13, 14.II y III, 115.II, 179.I, 191.I y II. 1 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 3.1, 8 y 9.1 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre Pueblos Indígenas y Tribales; y, 8.1,  24 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.