AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2018-RCA
Fecha: 17-Sep-2018
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Agrega que, los indicados actos de omisión denunciados, transgreden sus derechos constitucionales y los de su hijo a la vida, la salud, la maternidad y la seguridad social, siendo tales prestaciones de cumplimiento obligatorio, cuya compensación del subsidio en caso de incumplimiento, debe realizarse de carácter retroactivo acorde al art. 19.1 de la RM 1676.
De otro lado, se amparó en la SC 1282/2011-R de 26 de septiembre, que respecto a los principios de subsidiariedad e inmediatez, dispuso vía excepción en materia constitucional la prescindencia de ambos en caso de protección de la madre y del nuevo ser, por cuanto en dicha problemática no solamente se halla involucrado el derecho al trabajo, sino otros primarios de la impetrante y del ser en gestación cuya tutela no puede supeditarse a otros recursos o vías administrativas.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2.
- Fragmento 9