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    AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2018-RCA

    Fecha: 17-Sep-2018

    I.2.

    Estima lesionados sus derechos a la vida, la salud, la maternidad y la seguridad social; citando al efecto los arts. 15.1, 18.I, 35.I, 45.V y 48.III y VI de la Constitución Política del Estado (CPE); 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); y, 10.2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).  

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • improcedencia “in limine”
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • II.2.
    • Fragmento 9

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