Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2018-RCA
Fecha: 17-Sep-2018
I.5. Síntesis de la impugnación
Refiere que, de todos los elementos de prueba mencionados el Juez de garantías se olvidó analizar la instrucción de pago de subsidio dada por la Jefatura Regional de Trabajo Empleo y Previsión Social de Montero del departamento de Santa Cruz, que fue presentada el 27 de marzo de 2018 al Gobierno Autónomo de Colpa Bélgica y que no tuvo respuesta alguna, menos señal de cumplimiento, dicho instrumento estableció la última decisión administrativa acorde al art. 129.II de la CPE; pero que, por actitud voluble de la demandada no fue observada, no obstante haber cumplido el procedimiento administrativo interno y externo hasta conseguir dicha conminatoria.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2.
- Fragmento 9