AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2018-O

Fecha: 26-Sep-2018

II.1.

II.1.    Por memorial presentado el 21 de julio de 2017, Sarha Romero Ramos de Peloc, adjuntó “MINUTA DE COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE UBICADO EN LA PROPIEDAD DENOMINADA LA GRANJA DE LA ZONA VILLA BUSH            - BANDA DEL RÍO GUADALQUIVIR” (sic) de 1 000 m², y un documento de “Acuerdo transaccional” sobre reconocimiento de derecho propietario, transferencia de inmueble y devolución de superficie de terreno, ambos suscritos el 5 de agosto de 2016, entre Ana Romero Ramos y Abigail Beba Rueda Romero por una parte y por otra Jorge Alberto Colodro Velasco, el impetrante de tutela Ramón Antonio Colodro Velasco, María Helena Colodro Velasco; y, Gastón de la Riva Fabiani y María René de la Riva Colodro en representación al fallecimiento de Gladys Luisa Rosario Colodro Velasco, puso a conocimiento de la Jueza de garantías la entrega de terreno por parte de Ana Romero Ramos -codemandada- en la superficie de 11 232 m², y pidió que en ejecución del fallo constitucional solo ordene la entrega de la superficie restante que alcanza a 11 287,91 m² del total de “22 519,92 m²” [sic (fs. 76 a 84)].