SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2018-S2

Fecha: 22-Sep-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En la demanda social, instaurada en su contra en el Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero del departamento de Pando, se dictó Sentencia y Auto de Vista confirmando dicho fallo, ésta última Resolución fue recurrida de nulidad ante el Tribunal Supremo de Justicia; sin embargo, por un error involuntario de su abogado, el memorial fue dirigido al Juez que dictó Sentencia; no obstante, que el recurso fue planteado en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal del Trabajo (CPT).

Advertida de ello, solicitó a los Vocales del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, ordenen la remisión del recurso de nulidad a su conocimiento, pedido que le fue negado por el Vocal semanero (Antonio Fagalde Revilla) mediante proveído de 30 de agosto de 2017, al no haber acreditado documentalmente la presentación del referido recurso en el Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primero antes señalado, cuando previamente a desestimar su solicitud pudo exigirle que acompañe la copia del memorial, habida cuenta que efectuó dicho requerimiento porque el memorial del recurso se encontraba en el referido Juzgado.