SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2018-S4

Fecha: 05-Sep-2018

no significa que las formas procesales en general, sean irrelevantes y puedan ser ignoradas en su totalidad como regla de comportamiento procesal por los órganos jurisdiccionales o administrativos. Por el contrario, ellas son importantes y deben ser respetadas, precisamente porque al ser instrumentales protegen derechos fundamentales y garantías constitucionales, como son la defensa y la tutela judicial efectiva, sin embargo, no al punto de hacer prevalecer las formas o formalidades sobre los derechos fundamentales, sino por el contrario, haciendo valer los mismos sobre las formas cuando se tenga que invalidar los actos a través de las nulidades procesales

“…no significa que las formas procesales en general, sean irrelevantes y puedan ser ignoradas en su totalidad como regla de comportamiento procesal por los órganos jurisdiccionales o administrativos. Por el contrario, ellas son importantes y deben ser respetadas, precisamente porque al ser instrumentales protegen derechos fundamentales y garantías constitucionales, como son la defensa y la tutela judicial efectiva, sin embargo, no al punto de hacer prevalecer las formas o formalidades sobre los derechos fundamentales, sino por el contrario, haciendo valer los mismos sobre las formas cuando se tenga que invalidar los actos a través de las nulidades procesales(El resaltado nos pertenece).

De acuerdo a lo expuesto, la citación, notificación y emplazamiento que observe las formas y formalismos reconocidos en la norma adjetiva penal, con los distintos actos jurisdiccionales, además de tener por objeto inmediato el conocimiento material de las partes procesales de las distintas actuaciones o decisiones judiciales asumidas en el desarrollo del procedimiento, tiene como efecto mediato que las partes procesales puedan acceder a los medios recursivos idóneos para cuestionar aquéllas, en ejercicio de sus derechos a la defensa y a la tutela judicial efectiva.