SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0525/2018-S2
Fecha: 14-Sep-2018
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 7/2018 de 28 de marzo, cursante de fs. 326 vta. a 332 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Séptima de la Capital del departamento de Chuquisaca; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, respecto a la vulneración del derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación y congruencia de la Resolución impugnada, en los mismos términos dispositivos establecidos por la Jueza de garantías y conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1. El debido proceso
- el debido proceso se manifiesta en una triple dimensión:
- III.2.
- Fragmento 17
- arbitrariedad
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- Anuló
- Anular
- la Sentencia 442/2013 de 23 de octubre
- Sentencia 337/2017 de 3 de mayo
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)