Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0525/2018-S2
Fecha: 14-Sep-2018
Fragmento 5
José Antonio Revilla Martínez, Marco Ernesto Jaimes Molina, Juan Carlos Berrios Albizu, Edwin Aguayo Arando, Olvis Egüez Oliva, María Cristina Díaz Sosa, Esteban Miranda Terán, Ricardo Torres Echalar y Carlos Alberto Egüez Añez, Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante informe escrito, cursante a fs. 310 y vta., señalaron que al no haber participado del acto impugnado, no corresponde informar sobre las pretensiones deducidas por la parte accionante; empero, se apersonan, haciendo constar expresamente que estarán a los resultados de la acción tutelar, a efecto de asumir la responsabilidad institucional que corresponda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1. El debido proceso
- el debido proceso se manifiesta en una triple dimensión:
- III.2.
- Fragmento 17
- arbitrariedad
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- Anuló
- Anular
- la Sentencia 442/2013 de 23 de octubre
- Sentencia 337/2017 de 3 de mayo
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)