SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2018-S4

Fecha: 19-Sep-2018

Fragmento 19

En consecuencia se concluye que la acción de libertad es la garantía constitucionalmente establecida, a través de la cual el accionante puede impetrar de manera inmediata la concesión de tutela, de los derechos que se encuentran dentro de su ámbito de protección, sin embargo, para que esta acción de defensa sea efectiva y cumpla con su objeto, es necesario tener presente que antes de plantearla, se debe agotar instancia ante la autoridad jurisdiccional que ejerce control en el caso; por otro lado, si al momento de la interposición de ésta acción no se tiene control jurisdiccional o la conducta del agente no configura como delito, entonces podrá ser interpuesta ante un juez o tribunal de garantías.