Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2018-S1
Fecha: 20-Sep-2018
II.3.
II.3. De la copia del libro de actas de señalamiento de audiencias del Juzgado Público Civil y Comercial de Familia e Instrucción Penal Primero de San Julián, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante, por la supuesta comisión de los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, se tiene señalada la audiencia de cesación de la detención preventiva, para el 13 de junio de 2018, a horas 18:30. Constando además la carga laboral con la que cuenta dicho despacho por los días 11, 12 y 13 del mes y año citado (fs. 39).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III.1.
- De no ser así, tal actuación procesal provocaría efectos dilatorios sobre los derechos del detenido y en consecuencia repercute o afecta a su libertad que de hecho ya está disminuida por la sola privación de libertad en que se encuentra
- Planteada la solicitud, en el caso de los Numerales 1 y 4, la o el Juez deberá señalar audiencia para su resolución en el plazo máximo de cinco (5) días.
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- Fragmento 14