Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2018-S1
Fecha: 20-Sep-2018
II.3.
II.3. A través del informe de 14 de junio de 2018, el Secretario Abogado del Juzgado de Instrucción Penal Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, señaló que en la audiencia de 11 de igual mes y año, la defensa del imputado, ahora accionante, hizo uso del recurso de apelación incidental; empero, hasta la fecha no se proporcionaron los recaudos de ley, tal como se dispuso en la Resolución emitida en esa audiencia (fs. 24).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 4
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- y una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas
- gratuidad
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- CONFIRMAR en todo