VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0547/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0547/2018-S2

Fecha: 14-Sep-2018

Fragmento 27

De la revisión de antecedentes, se advierte que mediante                      Auto Interlocutorio 722/2017 de 13 de septiembre, el Juez de Instrucción Penal Cuarto de la Capital del departamento de Oruro, dispuso la aplicación del procedimiento inmediato para los delitos en flagrancia, posteriormente por Auto Interlocutorio 721/2017, dispuso la detención preventiva del demandante de tutela, en virtud al numeral 1 del art. 233 del CPP, señalando que no es preciso ingresar al análisis del numeral 2 del citado artículo. Seguidamente, mediante Auto Interlocutorio 34/2018, el Juez de la causa, rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva incoada por el solicitante de tutela, argumentando que la parte imputada tiene que desvirtuar el requisito establecido en el art. 233.1 del CPP y no así pretender presentar documentación concerniente al riesgo procesal de obstaculización, frente a ello interpuso recurso de apelación, el cual fue resuelto mediante Auto de Vista 20/2018 emitido por los Vocales demandados, declarando la improcedencia del recurso de apelación formulado.