DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2019

Fecha: 23-Ene-2019

III.3.  Organización y estructura de la comunidad Turco Marka

De conformidad con el Informe Técnico de Campo TCP/STyD/ 002/2018, elaborado por la Secretaria Técnica y Descolonización de este Tribunal, se tiene que la comunidad Turco Marka, se encuentra situada en el municipio de Turco, provincia Sajama del departamento de Oruro. El idioma de dicha colectividad es el aymara, y el castellano “como idioma aprendido” (sic).

En cuanto a su estructura territorial, Turco Marka se encuentra situado dentro del antiguo territorio de los Jach’a Karangas y, tal como se tiene establecido en su Plan de Desarrollo Municipal, dicho territorio se encuentra “…fraccionado en unidades espaciales menores conocidas actualmente como Marka, pero con indudables rasgos de organización originaria socio-territorial en plena vigencia; que empero se encuentra en proceso de rearticulación territorial a consecuencia de los cambios que se han dado en los últimos 40 años” (sic). De la misma forma, Turco Marka se estructura en dos parcialidades (Parcialidad Aransaya y Parcialidad Urinsaya), con sus respectivos ayllus y comunidades.

Las autoridades originarias de Turco Marca, responden a la siguiente estructura organizacional: a nivel Jach’a Karangas, el Apu Mallku y Mama Thalla de Consejo; a nivel municipal, Mallku de Consejo y Mallku de Marka y las respectivas Mama Thallas de Marka; a nivel ayllu, los Jilaqatas y Arcángeles; y, a nivel de sectores o zonas, los Campo Alcaldes; empero, cabe aclarar que, la organización de las autoridades es en base a la autoridad dual compuesta por el jaqi o chacha warmi, lo que equivale a la unión entre hombre y mujer, ya que el vínculo en matrimonio entre hombre y mujer, constituye una condición habilitante para cumplir con los deberes de la comunidad, tales como asumir cargos, entre otros.

Además, el citado Informe Técnico de Campo, resalta que para la emisión de la Resolución 01/2017 de 12 de diciembre, se observaron sus procedimientos, como el dialogo con los miembros de la misma Comunidad para determinar la conducta de los encausados; asimismo, se realizaron las inspecciones en el lugar donde se produjo el conflicto, para llegar a un acuerdo en primera instancia.

De la misma forma, entre sus valores, normas y principios, recalcan el respeto a los acuerdos, ya que con ello buscan garantizar el suma qamaña (vivir bien) y la igualdad. En este entendido, en la ampliación al Informe Técnico de Campo TCP/STyD/ 002/2018, se hace hincapié que las “iuxas” (sic) constituyen guías para la resolución de conflictos; asimismo, para el caso concreto, el respeto a las actas, resoluciones y acuerdos anteriores, constituyen normas que guiaron la emisión de la Resolución 01/2017, y se hace énfasis en que las decisiones de la justicia indígena originaria campesina deben ser respetadas por las mismas autoridades y miembros de una determinada comunidad; es decir, las normas de la comunidad Turco Marka, son orales y se aplican de acuerdo a sus conocimientos ancestrales; por lo que, al momento de pronunciar la Resolución ya señalada, “se basaron en el valor moral de respeto, determinando que para una convivencia armónica dentro de la comunidad se debía respetar los acuerdos suscritos en gestiones anteriores, así como respetar a las autoridades originarias y a justicia indígena originaria campesina” (sic).