AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2019-CA
Fecha: 02-Oct-2019
II.4. Análisis del caso concreto
En el caso de autos, el accionante señala que dentro del proceso de resolución inmediata de homologación del documento de fijación de asistencia familiar seguido en su contra, solicitó se promueva la presente acción de control normativo, demandando la inconstitucionalidad del art. 447.“II” -siendo lo correcto segundo párrafo del art. 447- del CFPF, por ser presuntamente contrario a los 115, 117 y 119 de la CPE.
En ese contexto, conforme al marco normativo desarrollado en el Fundamento Jurídico II.2. del presente Auto Constitucional, es atribución del Tribunal Constitucional Plurinacional ejercer el control de constitucionalidad, que consiste en la verificación del texto de la norma impugnada con los preceptos constitucionales que se consideran opuestos, y en caso de evidenciarse la existencia de contradicción en sus términos, deberá procederse a la depuración del ordenamiento jurídico del Estado, pero dicha tarea debe respaldarse en una adecuada fundamentación jurídico-constitucional, lo que implica que la parte accionante a momento de formular la acción de inconstitucionalidad concreta está obligada a demostrar la relevancia de su pretensión; en mérito a ello, debe acompañarse una sólida carga argumentativa de la que emerja la duda razonable en torno a la constitucionalidad del precepto o preceptos cuestionados, proporcionando a este Tribunal todos los insumos jurídico-constitucionales que permitan efectuar el test de constitucionalidad.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazar
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas
- II.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 8
- RATIFICAR