Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0258/2019-CA
Fecha: 14-Oct-2019
acción de inconstitucionalidad abstracta
La acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Rubén Armando Costas Aguilera, Gobernador del Departamento de Santa Cruz, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 2 de la Ley 3991 de 18 de diciembre de 2008; y, 4 del Decreto Supremo (DS) 0265 de 26 de agosto de 2009, por ser presuntamente contrarios a los arts. 1, 8, 77, 270, 272, 297, 298.II.17, 299.II.2 y 300.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica
- las máximas autoridades ejecutivas de esas Entidades Territoriales Autónomas
- II.2. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de inconstitucionalidad abstracta
- no es permisible considerar ni verificar la existencia o no de cargos de constitucionalidad, los argumentos correspondientes ni la relevancia jurídica de los mismos, en tanto no se constate que la acción per se es idónea para la resolución de la problemática planteada, porque una decisión en contrario afectaría el principio de especialidad que rige no solo al régimen competencial constitucionalmente previsto para las ETA, sino también al sistema procesal constitucional y a la naturaleza jurídica de cada una de las acciones y procedimientos propios, reconocidos como atribuciones de la justicia constitucional
- la acción de inconstitucionalidad abstracta no es la vía idónea para dirimir competencias,
- II.4. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR