AUTO CONSTITUCIONAL 0306/2019-RCA
Fecha: 02-Oct-2019
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
Por memoriales presentados el 30 de agosto y 6 de septiembre de 2019, cursantes de fs. 17 a 22 vta.; y, 39 a 40 vta., el accionante manifiesta que, dentro del proceso administrativo instaurado en su contra, fue sancionado con su destitución, sin tomar en cuenta su condición de padre progenitor, motivo por el cual dicha sanción bajo el estándar más alto de protección a la subsistencia de la menor de edad, debiera diferir su ejecución hasta después del año, de pronunciada la misma; a pesar de ello, el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), determinó el cese de sus funciones el 1 de noviembre de 2018, con la emisión de la primera Resolución Administrativa no ejecutoriada, sin tomar en cuenta que por mandato legal y constitucional, tal sanción una vez ejecutoriada debía diferirse hasta el año de nacida su hija, con la finalidad de que pueda acceder a la lactancia, subsidios, sueldos mensuales, aguinaldo, etc.
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- 1)
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- 7. Las pruebas que tenga en su poder o señalamiento del lugar donde se encuentren
- II.3. Análisis del caso concreto
- se tiene por cumplida la carga probatoria de la parte accionante, cuando se señala el lugar donde se halla la prueba pertinente